REFORMA JUDICIAL EN MÉXICO

Por Maria Belén Valdemoros

“El Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, en uso de la facultad que le confiere el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y previa la aprobación de la mayoría de las honorables legislaturas de los estados y de la Ciudad de México, declara reformadas, adicionadas y derogadas diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de reforma del poder judicial” (lopezobrador_, 2024).

Con la reforma judicial en México se abre un nuevo debate: ¿Funciona el sistema judicial actual? ¿Cuáles son las fallas que existen? ¿Cómo se puede mejorar el sistema?

Las bases de la justicia considerada “occidental” son la independencia de poderes, la imparcialidad e impartialidad (sin tomar parte). Es cierto que a veces en casos concretos se cuestiona la actuación de los órganos jurisdiccionales, pero:

 ¿Qué es lo que lo hace lento? Cualquiera que realice esta pregunta en un Juzgado recibirá como respuesta: “no tenemos presupuesto”, “no tenemos personal”, “hacemos lo que podemos”. En Argentina, que en su mayoría existe un sistema digital en la justicia provincial y nacional, muchos formalismos ralentizan una decisión de los magistrados o la aceleran en demasía sin garantías, no existiendo un punto medio de consenso entre ambos extremos.

¿Cuáles son las fallas que existen? Volviendo a la falta de respuesta de parte del órgano judicial podríamos decir que las personas en general no se sienten acompañadas por la Justicia, que tienen procesos lentos y esperan varios años para obtener una sentencia. Otros podrán decir que los funcionarios judiciales opinan todos diferente y depende quien sea es la decisión que se obtendría, ya que existen muchos criterios como autores de doctrina.

¿Cómo se puede mejorar el sistema? Sin embargo, al llegar a esta última pregunta muchas veces opinamos sin saber si eso es posible concretarlo o si dará resultados, o en cambio no sabemos qué hacer para modificar todas incógnitas suscitadas.

Estos planteos se originaron también en los Estados Unidos Mexicanos. Una realidad cotidiana que palpan los ciudadanos donde no obtienen justicia de ningún tipo y los índices de violencia crecen día a día. Una realidad cotidiana que viven los trabajadores judiciales que no dan abasto con el trabajo que tienen u obtienen remuneraciones bajas por su labor. Ciudades sitiadas por los cárteles del narcotráfico y la corrupción política. Entre otros.

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PRINCIPALES OBJECIONES A LA REFORMA:

Si bien todos coinciden en que es necesario un cambio estructural en la impartición de justicia en México, existe una férrea oposición a muchos de los cambios aprobados por ser contrarios a la esencia de la equidad, en el “dar a cada uno lo suyo” que persigue un sistema judicial.

La discusión, polémica y controversia generada minutos antes de la aprobación  “con el voto de Miguel Ángel Yunes, el controvertido senador del PAN acusado de corrupción y enfrentado durante años con López Obrador que aportó el voto faltante al oficialismo para aprobar la reforma judicial (Lopez, 2024)”, da cuenta del contexto errático que enfrentaba la modificación constitucional.

En particular la reforma contempla:

  • Reforma al Poder Judicial federal, y no a todo el sistema de justicia, dado que no afecta a los sistemas locales, ni a las fiscalías, que llevan el grueso (80%, según datos oficiales) de los procesos en México (Redacción BBC News Mundo, 2024)” y “los jueces federales, además, resuelven problemas entre el particular y la autoridad (Pardo, 2024)”.

Este distintivo es la esencia política de la reforma. Dados los vaivenes que ha tenido el gobierno de AMLO con los Tribunales, especialmente con “la Suprema Corte, luego que ésta le bloqueara reformas en el pasado, como por ejemplo, la que ampliaba la participación estatal en el sector energético (Pardo, 2024)”, se quiso modificar toda su organización y determinar la elección de sus integrantes por “voto popular”.

Organizaciones defensoras de derechos humanos como FRAYBA denuncian que “desde el mes de enero en Palacio Nacional y directamente por el presidente Andrés Manuel López Obrador hemos registrado cuatro ataques, agresiones y deslegitimación de nuestro trabajo. Lo que ha desatado una serie de actos en cascada de agresiones digitales a nuestras cuentas institucionales. En los meses de julio, agosto y septiembre hemos documentado amenazas de muerte y recientemente el allanamiento a la casa de un integrante del Frayba como un modo de intimidación y de amenaza. Los comentarios hostiles, la difamación y el desprestigio a nuestro trabajo sigue siendo una constante. Se suma la extorsión, intimidación, vigilancia y agresiones verbales, y varios de ellos vienen de actores vinculados a los gobiernos municipal, estatal y federal (FRAYBA, 2024).”

Por lo que la reforma no apuntaría a defender los derechos humanos como expresaba en su discurso el 15 de septiembre el presidente Obrador, pero sí limita la búsqueda de justicia para aquellos que ven vulnerados sus derechos por parte del Estado.

Medios nacionales han hecho eco la voz del expresidente de la nación “Zedillo que señala que “la frustración del presidente al no contar con una Corte sumisa ha evolucionado hasta transformarse en una venganza brutal: la destrucción de la independencia e integridad del Poder Judicial para que esté al servicio de la fuerza política en el poder” (REDACCIÓN LATINUS, 2024).

  • “A la polémica interna se sumó la advertencia de la embajada de Estados Unidos en México, que calificó la propuesta como un “riesgo mayor” para la democracia, agregando que podría amenazar el acuerdo comercial entre los tres países, el cual debe ser revisado en 2026(Redacción BBC News Mundo, 2024)”.

Cuando se analiza el contexto de las relaciones comerciales en la región, sin dudas sus pares canadienses y estadounidenses son sus principales aliados. Perderlos provocaría un desmoronamiento de la economía nacional e impactaría directamente sobre la candidata electa Claudia Sheinbaum. Otros organismos multilaterales también se sumaron a los reparos como Naciones Unidas y la Corte Interamericana de Derechos Humanos; empresariales como la International Chamber of Commerce (ICC); calificadoras como Fitch y Moody’s (Redacción El Financiero, 2024).

  • “Una de las críticas que más se repite es que la nominación de los candidatos favorecerá a quienes tienen una red de contactos, cuentan con financiamiento o son políticamente afines al oficialismo(Redacción BBC News Mundo, 2024)”.

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La elección popular de candidatos a jueces entraña una paradoja. Al exigirles que cada aspirante tenga su propio financiamiento provoca que aquellos que deseen postularse busquen recursos, que nadie estaría interesado en invertir a no ser que obtenga alguna ganancia de ello. Esto conecta directamente a los cárteles, políticos corruptos y empresarios con el sistema de elección y de favores (cohecho y tráfico de influencias). Además de crear una enorme red de confusiones para los ciudadanos que tengan que arrimarse a votar: ejemplificándolo, un Estado como Aguascalientes donde se elegirían 10 cargos, con 9 postulantes para ocupar las vacantes, pueden ser 90 aspirantes entre los cuales escoger. Si genera confusión la elección presidencial con 5 postulantes para 1 puesto es increíble tener que pensar en más de 10 cargos garantes de nuestros derechos.

  • “En dos países del hemisferio hay elección de jueces por voto popular: Estados Unidos, donde es solo a nivel local, y Bolivia, donde la abstención y el boicot de la oposición han impedido una verdadera democratización del sistema judicial.(Redacción BBC News Mundo, 2024)”.

Ya en el escenario americano no existen buenos ejemplos sobre el funcionamiento de esta modalidad.

  • Los requisitos para presentarse como candidato son básicos: título habilitante de abogado, promedio de 8 (no es posible postularse a una beca con este promedio, por ejemplo) y de 9 para materias afines al cargo. En cambio, aquellos que han realizado especializaciones y una carrera judicial verán frustrado su futuro, que compite con aquellos que acaban de obtener su título de grado.

También los Tribunales serán los encargados de investigar delitos, confundiendo las partes en el proceso, donde el que investiga es a la vez el que juzga los actos.

En estos días a través del mismo procedimiento judicial con presentaciones ante la Corte de Justicia, se está intentando detener estas modificaciones jurídicas que atentan contra miles de trabajadores y los derechos de los ciudadanos, que aunque no sean conscientes de ello ahora, se verán condenados en el futuro.

 

Bibliografía

  • FRAYBA. (19 de SEPTIEMBRE de 2024). FRAYBA. Obtenido de https://www.frayba.org.mx/denunciamos-el-incremento-de-la-violencia-integrantes-del-frayba
  • Lopez, A. (11 de SEPTIEMBRE de 2024). EL PAÍS. Obtenido de EL PAÍS MEXICO: https://elpais.com/mexico/2024-09-11/que-dice-la-reforma-judicial-y-que-sigue-tras-su-aprobacion-en-el-senado.html
  • lopezobrador_. (15 de septiembre de 2024). X. Obtenido de red social X: https://x.com/lopezobrador_/status/1835479621346972054
  • Pardo, D. (11 de septiembre de 2024). BBC MUNDO . Obtenido de BBC MUNDO en MÉXICO: https://www.bbc.com/mundo/articles/cyvpdneyzlgo
  • Redacción BBC News Mundo. (Septiembre de 11 de 2024). BBC. Obtenido de BBC NEWS MUNDO: https://www.bbc.com/mundo/articles/cx28kzy4g8ko
  • Redacción El Financiero. (15 de septiembre de 2024). El financiero. Obtenido de https://www.elfinanciero.com.mx/nacional/2024/09/15/reforma-al-poder-judicial-lopez-obrador-firma-decreto-y-lo-publica-en-el-dof/
  • REDACCIÓN LATINUS. (15 de Septiembre de 2024). LATINUS. Obtenido de https://latinus.us/mexico/2024/9/15/la-reforma-de-amlo-conducira-la-devastacion-del-poder-judicial-afirma-el-expresidente-zedillo-123839.html

 

 

23 de septiembre de 2024
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